OBSERVATORIO VENEZOLANO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES
(OVDHM)

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

I.- Presentación: INFORME SOMBRA 2022


El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres (OVDHM) es una red de ONG´s creada en 2006 y cuya coordinación está a cargo del “Centro de Investigación Social, Formación y Estudios de la Mujer” (CISFEM), con status consultivo en el ECOSOC desde 1997.

Este informe está suscrito por:

1. Aliadas en Cadena.
2. Asociación Guías Scouts de Venezuela.
3. Asociación de Mujeres por el Bienestar y Asistencia Recíproca (ÁMBAR).
4. Asociación Venezolana de Mujeres (AVM).
5. Asociación Civil Cauce (CAUCE).
6. Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (AVESA).
7. Asociación Voces que Suman. Edo. Carabobo.
8. Asociación Manos que Suman. Edo Carabobo.
9. Centro de Animación Juvenil (CESAP), Valera, Edo. Trujillo.
10. Centro de Educación y Capacitación para la Vida (CECAVID)Edo. Lara.
11. Centro de Estudios de la Mujer (CEM) U.C.V.
12. CISFEM. Edo. Trujillo.
13. Colegio de Profesores de Caracas.
14. Colegio de Profesores de Venezuela. Seccional Trujillo.
15. COMOR. El Hatillo, Edo. Miranda.
16. Federación Venezolana de Abogadas (F.E.V.A.).
17. Frente Nacional de Mujeres de Venezuela.
18. Federación Latinoamericana de Abogados.
19. Fundación Loto Azul, Mérida.
20.Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer (FUNDAMUJER).
21. Fundación Promoción de la Mujer (FUNDAPROMUF) Edo. Falcón.
22. Grupo Investigación en Género. Universidad de Carabobo.
23. Hombres por la Equidad e Igualdad de Género. 24. Red Mérida Feminista.
25. Universidad Valle del Momboy, Valera, Edo. Trujillo.
26. Voces Vitales Venezuela (VVV).

No existen datos oficiales accesibles, comprobables y confiables por lo que aportamos datos producto del esfuerzo de instancias académicas, así como información empírica recogida por las organizaciones sociales.

Venezuela vive una crisis humanitaria compleja caracterizada por la miseria de la población, lo que ha llevado a millones a migrar por primera vez en su historia. Para el 2021se había reducido la esperanza de vida en 6,8 años comparado con 2015. El índice de pobreza era de 94,5 y la pobreza extrema de 76,6% (ENCOVI 2021). Lo antes señalado afecta de manera diferencial y más profunda a las mujeres, quienes reciben menos remuneraciones que los hombres por igual trabajo. Tienen más cargas familiares, son jefas de hogares más pobres y sufren mayores peligros al emigrar (tráfico, trata y prostitución forzada). En el primer trimestre del 2022 se observó alguna recuperación en áreas limitadas del sector productivo. Sin embargo, al existir un mercado laboral pequeño, con salario bajos en las empresas privadas y precarios en el público, mientras la población no tiene ahorros y pocos reciben remesas. Sólo un 10%, el más rico, mejoró y el resto no lo hizo (Anova Policy Research/Mayo/2022)

Observamos que Venezuela no ha cumplido con la mayoría de las recomendaciones de CEDAW/C/Ven/CO/7-8 y sí ha profundizado la restricción de las libertades para las organizaciones de la sociedad civil, criminalizando la protesta e implementando mecanismos y controles que impiden el funcionamiento de las organizaciones civiles no afines al partido gubernamental. Existen numerosos casos documentados a nivel de la Oficina de la Alta Comisionada de los Derechos Humanos, así como de la CPI sobre la violencia institucional y sistemática ejercida por el Estado contra quienes disienten. El Proyecto de Ley de Cooperación Internacional (CLCI), con versiones anteriores del 2006, 2010 y2015, cuenta una nueva y más completa versión en vías de aprobación por la Asamblea Nacional electa el 2021, que legalizaría la persecución y control que ya ejercen en clara violación al derecho a la libre asociación, a defender los derechos y a dar y recibir ayuda consagrado en nuestra Constitución, la que da preeminencia en sus principios a los derechos humanos. (Observatorio Venezolano de la Justicia, abril 2022).

II.- Marco legislativo:

Desde el año 2014 se tipifica el tipo penal de femicidio en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LODMVLV). No obstante, la responsabilidad por acción u omisión del Estado en casos de femicidio sigue quedando por fuera de la definición incluida en la nueva reforma de la LODMVLV del año 2021.

Como consecuencia de esta reforma legal, los niños y niñas huérfanos de mujeres víctimas de femicidios no reciben, de acuerdo con la norma, una reparación económica, ni una atención integral.

Formas de violencias, como la callejera (acoso verbal y sexual en los espacios públicos) o la psicológica en los estrados (producto de la revictimización de las mujeres en las audiencias públicas), no están tipificadas en la normativa.

El marco normativo legal es insuficiente. El Observatorio de Femicidios del Centro de Justicia y Paz (CEPAZ) registró de enero a diciembre de 2021 una cifra muy elevada de venezolanas víctimas de femicidio, ya que en ese período hubo 290 femicidios cometidos en Venezuela y 84 en el exterior.

El artículo 106 (ordinal 2), de la reforma del año 2021, que desarrolla las medidas de protección y seguridad, otorga un carácter temporal a las Casas de Abrigo, mientras que el artículo 37, que desarrolla esta medida en particular, no hace referencia a la temporalidad de la misma, lo cual constituye un retroceso muy grave de la ley. Actualmente no se conoce la existencia de alguna Casa de Abrigo en el ámbito nacional. La reforma incluye la posibilidad de utilizar la Caución en los delitos contenidos en la LO, lo cual lleva a tener que llegar a un acuerdo y consenso con el victimario cuando la víctima está en su momento más vulnerable. Ello no estaba en la LO anterior precisamente por eso, aunque la excusa para no poder seguir con la denuncia era que se había llegado a un acuerdo.

En dicha reforma tampoco se consagró, como delito autónomo, el desacato de las medidas de protección a favor de las víctimas que permita prevenir y proteger a las mujeres de un posible acto de violencia, incluso de mayor gravedad al sufrido, y sancionar al agresor ante un acto de reincidencia o quebrantamiento de las medidas de protección impuestas a favor de la víctima.

En la reforma del 2021 también hay un retroceso normativo, ya que desconoce los derechos protegidos en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), por la denuncia de la Convención Americana por parte del Estado venezolano, lo que se traduce en la regresividad de los derechos humanos de las mujeres, desconociendo el principio de progresividad de derechos.

Recomendaciones:


  1. Elaborar y aplicar el Reglamento de la LODMVLDV.
  2. Adecuar la legislación tipificando las nuevas formas de violencia y la responsabilidad por acción u omisión del Estado en los casos de femicidio.
  3. Sigue vigente la Recomendación No. 8 de la CEDAW/C/Ven/CO/7-8.
  4. Mantener la Recomendación No. 9 de la CEDAW/C/Ven/CO/7-8-.

III.- Acceso a la Justicia

Las mujeres víctimas de violencia de género enfrentan profundas brechas para el acceso a la justicia, como lo ha venido denunciando y documentando el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de la Mujeres (OVDHM) y en el trabajo que viene realizando el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ)

A nivel policial es común la práctica de evadir la atención a las víctimas, quienes, al acudir a ejercer su derecho a la denuncia, suelen ser remitidas a otras instituciones, sin facilitarles el proceso, ni brindarle las herramientas de orientación necesarias. La situación en la fiscalía no varía, los funcionarios que llevan a cabo la investigación no dan respuestas inmediatas y las víctimas deben acudir en reiteradas oportunidades para recibir información sobre el estatus de su denuncia.

El funcionamiento de los Tribunales en general y más aún en materia de violencia contra la mujer, es cada vez más deficiente, con procesos judiciales largos, dilaciones indebidas y revictimización. El OVDHM confirma que solo un pequeño porcentaje de los casos de violencia contra la mujer denunciados en el Ministerio Público llega a los Tribunales y de ellos una minoría consigue sanción legal, reinando la impunidad en más del 90% de los casos denunciados.

La ausencia de capacitación sistemática en todas las instancias legales para denunciar produce frustración, miedo y rechazo a la población femenina en situación de violencia. Los funcionarios intentan disuadir a la denunciante con frases estereotipadas y descalificantes, obvian el seguimiento a las acciones y no les entregan número o cómo ubicar su denuncia. Siendo que a veces es que no la han registrado siquiera.

Por lo tanto hay una revictimización de las mujeres, quienes terminan desistiendo de continuar con el proceso de denuncia

Recomendaciones:


  1. Elaborar Políticas Públicas referidas especialmente a la Violencia Contra las Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes.

  2. Diseñar y aplicar un Plan de Prevención, Atención, Capacitación y Seguimiento en Violencia Contra las Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes.

  3. Diseñar y aplicar, de manera sistemática, un Programa Nacional de Capacitación para funcionarios/as de los Órganos Receptores de Denuncias en VCM.

  4. Capacitar en género a los operadores del Sistema de Justicia.

  5. Producir estadísticas oficiales que permitan evaluar el alcance, la prevalencia y la incidencia de la violencia contra la mujer para diseñar respuestas apropiadas que permitan abordar adecuadamente o prevenir esa violencia a cualquier nivel de gobierno o de la sociedad civil.

  6. Mantener la Recomendación 11 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8.


IV.- Mecanismo Nacional para Adelanto de la Mujer.

No existe información oficial que demuestre el desarrollo de programas o proyectos en el Plan para la Igualdad y Equidad de Género Mama Rosa (2013- 2019), así como se desconoce el que se haya realizado la evaluación del mismo.

El Instituto Metropolitano de la Mujer (INMEMUJER), fue creado en 2005. Su objetivo, además de la prevención y atención de las mujeres víctimas de violencia, la capacitación laboral para su empoderamiento, conocer y divulgar la Ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, ocuparse de la formación en estos temas a los funcionarios policiales municipales, a las mujeres darles orientación jurídica para que lograran sus procesos penales con éxito y se les prestaba atención psicológica para superar los traumas de la violencia. Era la tercera institución en importancia en materia de adelanto de la mujer, después del Ministerio de la Mujer y del Instituto Nacional de la Mujer. Atendía un promedio anual de 2.500 mujeres en los cinco municipios del área metropolitana.

El INMEMUJER fue eliminado en el 2017, por lo que el personal que laboraba allí perdió su estabilidad como funcionarias públicas y las dejó indefensa, sin salarios, así como desatendidas las mujeres en los cinco municipios del área metropolitana.

Recomendación:

Se mantiene vigente la recomendación No 13 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8, ya que desde el año 2005 que nuestra coalición ha presentado informes sombras encontramos que las leyes y planes aprobados por el Estado tienen títulos impactantes que no se desarrollan, ejecutan ni evalúan.

V.- Estereotipos

No se han ejecutado políticas reales y efectivas dirigidas a eliminar los patrones culturales machistas, imágenes estereotipadas de las mujeres, ni actitudes patriarcales, ello a pesar de convenios interinstitucionales para la formación del personal del MPPRIJP en materia de igualdad entre los sexos, modificaciones al pensa de estudios de la UNES para incluir materias obligatorias sobre DDHH de las mujeres y de violencia sexista en contra de las mujeres, así como también de sentencias del TSJ prohibiendo el uso de lenguaje sexistas y uso de imágenes que promuevan la violencia simbólica contra las mujeres. Al contrario, es frecuente que en redes sociales y en los medios de comunicación oficiales, funcionarios públicos utilicen un lenguaje sexista, violento y discriminatorio hacia las mujeres en general y particularmente hacia aquellas que disienten del gobierno. Un ejemplo de este lenguaje sexista es lo expresado por el Presidente Nicolás Maduro, quien en un acto previo al Día Internacional de la Mujer, el 5 de marzo de 2022, dijo: “La mujer fue hecha para parir. A parir, todas a tener seis hijos para engrandecer la Patria”.

Recomendaciones:

  1. Incorporar en los planes, proyectos y programas de estudio en todos los niveles y modalidades, contenidos dirigidos a sensibilizar y capacitar al personal docente y al alumnado, sobre los efectos de los estereotipos negativos de género en el ejercicio de los derechos de las mujeres.

  2. Implementar programas de sensibilización y capacitación sobre los efectos negativos de los estereotipos de género en materia de derechos de las mujeres; dirigidos a todo el funcionariado, con especial atención a los integrantes del poder judicial y operadores de justicia, y seguimiento permanente de su cumplimiento.

  3. Garantizar la inclusión de contenidos referentes a la igualdad de género en la programación de los medios de comunicación y redes sociales, dirigidos a prevenir y erradicar los estereotipos negativos de género y cualquier forma de discriminación.

VI.- Violencia contra la Mujer:

La ONG Comité de Familiares de Víctimas del Caracazo (Cofavic) presentó el 14 de marzo de 2022 su informe “Violencia contra las Venezolanas”, en el cual registraron 1821 muertes violentas de mujeres entre 2017 y 2021. 53% corresponden a femicidios. Los métodos más frecuentes son asfixia, golpizas, degollamiento, quemaduras, luego del uso de armas de fuego.

El Observatorio Digital de Femicidios de Cepaz documentó 62 femicidios consumados en los primeros 3 meses de 2022. En este mismo lapso Utopiz contabilizó 53 femicidios solicitando, de manera urgente medidas frente al incremento del tema y denunció la impunidad que ampara a los agresores. Cepaz agrega unas consideraciones y encuentra 24 femicidios frustrados que hacen en total de una acción violenta contra las mujeres cada 26 horas en el país, 23 niños huérfanos de madres y 14 venezolanas en el exterior; también se reafirman en la total inacción del Estado en la prevención y en la obtención y publicación.

Utopiz y el Observatorio digital de femicidios de Cepaz son dos ONG que se ocupan, a falta de acciones por parte del Estado, de recopilar datos sobre femicidios en Venezuela desde hace pocos años. Las diferencias en las cantidades se deben a las metodologías aplicadas.

Recomendación:

1.- Recomendación 19 (CEDAW/C/Ven/CO/7-8) sigue vigente.

VII.- Las mujeres migrantes venezolanas expuestas a trata y explotación sexual.

Las venezolanas se ven forzadas a salir del país buscando mejores condiciones de vida en lo referente a su seguridad e integridad personal y a su libertad, situación que las expone a múltiples riesgos y conculcación a sus derechos humano. Entre ellos, diversas formas de violencias basadas en género y nuevas formas de esclavitud moderna, como la trata y el tráfico de personas con fines de explotación sexual y laboral, resultando las mujeres pobres y sin identificación legal, las más expuestas.

Las mujeres refugiadas y migrantes se ven obligadas a utilizar vías irregulares por vía terrestre o marítima. Algunas han desaparecido en su tránsito, como lo refiere la organización Blanca Nieves Sierra, al registrar 4 embarcaciones desaparecidas en alta mar (2020), 2 de ellas partiendo desde Güiria, en el estado Sucre, hacia Trinidad y Tobago y otras 2 desde el estado Falcón con destino a Aruba y Curazao; en las que viajaban 113 personas, entre ellas mujeres (47), adolescentes y niño/as (16), señalando la presunción de complicidad por parte de las autoridades nacionales y las de los países de destino, debido a que no efectúan los registros migratorios y portuarios o cobran sumas de dinero por cada embarcación irregular. Más de 21.000 mujeres venezolanas adultas (18-25 años) y menores de edad (16-17), han sido víctimas de trata de personas entre 2016-2021, de acuerdo con cifras oficiales de la Comunidad del Caribe (Caricom).

Para 2020, la suma de migrantes venezolanos en Colombia fue de 2,26 millones de personas, correspondientes a 49,8% hombres y 50,2% mujeres, según informa el Departamento Estadístico de ese país, enfrentando éstas riesgos, como el acoso sexual, la trata, la demanda de sexo por supervivencia y la prostitución, sobre todo entre las mujeres que viajan solas. ABC Internacional da la cifra de más de 6.500 mujeres venezolanas ejerciendo la prostitución en Cúcuta; mientras que, en Bogotá, 1 de cada 3 prostitutas es venezolana. La organización Mulier documentó un número de 517 venezolanas rescatadas de redes de trata en 2020, contabilizando la cifra de 124 menores de edad, mientras, en el territorio nacional, mujeres indígenas, adolescentes y niñas han sido víctimas de explotación sexual y laboral en la Zona del Arco Minero (estado Bolívar).

El Gobierno ha anunciado la creación de la Fiscalía Nacional 95 especializada en trata de mujeres, así como la aprobación del Plan Nacional contra la trata de personas 2021-2025. Sin embargo, no ha publicado información referente a su desempeño ni a medidas ejecutadas en la implementación de este último, como tampoco ha adoptado medidas dirigidas a publicar data oficial, implementar políticas de prevención, judicialización y sanción de tales delitos, o programas de asistencia a las víctimas y a sus familiares que les permitan trabajar dignamente. Ello demuestra el desacato a las recomendaciones del Comité CEDAW, plasmadas en las Observaciones Finales sobre el séptimo y octavo informes periódicos combinados de Venezuela en 2014.

Recomendaciones:


  1. Ejecutar el Plan Nacional contra la trata de personas 2021-2025 para prevenir, atender, reprimir, sancionar y reducir el delito de trata de personas.
  2. Aprobar la Ley Integral sobre la Trata de Personas.

  3. Implementar un Protocolo de Atención a las víctimas con enfoques de género, ddhh e interseccional.

  4. Realizar investigaciones y publicar data sobre trata y explotación sexual y laboral de mujeres, niñas y adolescentes, para orientar medidas dirigidas a prevenir e impedir estos delitos.

  5. Capacitar al funcionariado responsable del poder judicial, Ministerio Público, Consejos de protección de NNA, Comandos Fronterizos, migración y policías, sobre legislación, identificación y atención a las víctimas.

  6. Investigar, procesar y sancionar a los responsables, estableciendo mecanismos de reparación para las víctimas o sus familiares.

  7. Proporcionar recursos financieros y humanos, para procurar asistencia psicológica y jurídica en la rehabilitación de las víctimas, facilitándoles las condiciones necesarias para trabajar, mejorar su autonomía y condiciones de vida.

  8. Implementar campañas comunicacionales en redes sociales y plataformas digitales sobre la prevención del delito de trata de personas, con perspectiva de género.

VIII.- Trata de Personas y Prostitución

El Gobierno no reporta haber identificado víctimas de trata de personas entre las poblaciones vulnerables, ni haber remitido víctimas a los servicios competentes en el año 2019. En años anteriores, la remisión de víctimas se hizo de manera circunstancial. La disponibilidad de servicios de atención a las víctimas continuó siendo limitada y no hay refugios especializados para las víctimas de la trata de personas en el país. La sociedad civil y organizaciones religiosas prestaron asistencia a las víctimas de la trata de personas, incluyendo servicios de atención para los niños víctimas de explotación infantil en el estado Táchira, asistencia psicológica ambulatoria para adultos y niños víctimas de explotación sexual, incluyendo la trata de personas.

Recomendación:

1.- Mantener las recomendaciones 20 y 21 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8.

IX.- Participación de las Mujeres en la vida política y pública

La Constitución de la RBV establece en su art. 21 el Principio de Igualdad. Sin embargo, eso no existe en la realidad.

Sobre las recomendaciones 23, 24 y 25 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8 señalamos que: ni en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ni en la Ley Orgánica de Partidos Políticos existen cuotas de paridad, ni un sistema de cuotas.

En los partidos políticos falta una normativa respecto a la igualdad, por lo que deja en manos de sus élites mayoritariamente masculinas las decisiones sobre las postulaciones de mujeres.

Las normas emitidas ad hoc para cada elección del Consejo Nacional Electoral (CNE) adolecen de serias deficiencias.

La actividad política de las mujeres de los partidos opositores se da en contexto de violencia y persecución. En el período de la Asamblea Nacional, electa en 2015, a 40 diputadas de la oposición se les violaron sus derechos humanos.

Para las elecciones legislativas a la Asamblea Nacional de 2015, el CNE anunció la resolución N°150625-147 que aprobó la paridad de género (en una proporción mínima de 60/40), al día siguiente que la Mesa de la Unidad Democrática anunciara su lista de candidaturas por consenso, lo que llevó a los partidos a incluir a la mayoría de las candidatas como suplentes. Tampoco se aplicó a las postulaciones principales y suplentes para cargos nominales, ni contempló sanciones para los partidos que la incumplieran. Las candidatas debían ocupar por los menos 20% de los dos primeros lugares de cada lista y no lo respetaron, cumpliendo la norma solo parcialmente, postulando en total 37.29% de mujeres: 45.9% en las listas y 32.85% en las postulaciones nominales. El Gran Polo Patriótico, del gobierno, solo eligió 9% de parlamentarias. El resultado final, fue apenas 21% de representación femenina (35 de 167), cifra que se mantiene por debajo del promedio de la región (31.6 % en las Cámaras Bajas en América Latina, 2018) y del mundo (24% en 2018 y 2019).

La Contraloría General de la Republica, sin potestad para decretar la inhabilitación política de una persona, inhabilitó como candidata a María Corina Machado, prominente dirigente de la coalición opositora Mesa de la Unidad (MUD), para ejercer cargos públicos por un año. Se trató de la violación a sus derechos políticos y electorales establecidos en la Constitución.

El aumento de mujeres en cargos de poder que menciona el informe oficial se da en un contexto en el cual hay frecuentes crímenes contra los derechos humanos de las mujeres. Ninguna se ha pronunciado, al contrario, han sido copartícipes con su silencio. Las magistradas sentencian de acuerdo a los dictámenes del Poder Ejecutivo, no hay separación de poderes.

El gobierno indica que el 80% de los Comités Locales de Abastecimiento (CLAP) son “liderados por mujeres”, lo cual evidencia un reforzamiento de roles tradicionales sexistas que promueven la persistencia de una mayor presencia femenina en trabajos no remunerados como el desarrollado en las comunidades mediante los Consejos Comunales y Comité Locales de Abastecimiento

Recomendaciones:

  1. Incorporar a la Ley Orgánica de Procesos Electorales y de Partidos Políticos el principio de Paridad y Alternabilidad con sanciones por su incumplimiento.

  2. Mantener las recomendaciones 23,24 y 25 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8.

X.- Educación

Un 80% de las Recomendaciones realizadas por CISFEM y el Observatorio de los DDHH Mujeres a los 7° y 8° Informes Sombra 21/10/2014, coinciden con las realizadas por el Comité de Expertos de CEDAW al 7° y 8° Informes presentados por el Estado venezolano, pero lamentablemente en Educación no fueron cumplidas las recomendaciones de CEDAW. Al contrario, se agravaron y se sumaron otras que agudizan la crisis educativa del país.

Entre las causas que inciden tenemos que las oportunidades de educación se ven severamente menguadas: en 2019 sólo el 60% de la población escolarizada logró asistir a clase. Casi 4 millones de niños están en situación de vulnerabilidad y no tienen garantía de su derecho a la educación. Un 27% de estudiantes se encuentra en rezago escolar, el cual se duplica en hombres y triplica entre las mujeres. Casi 2 de cada 5 niñas presenta algún nivel de atraso estudiantil. El Programa Alimentario Escolar (PAE), estipulado para los estudiantes de 3 a 17 años de edad, beneficia solo a un 28% de forma muy irregular y es de baja calidad nutricional. El riesgo de exclusión educativa se hace mayor en la población entre 12 y 17 años de edad en los estratos más pobres, el 35% de la deserción escolar ocurre en esas edades. El 40% falta a la escuela con frecuencia debido a ausencia de servicios básicos como: agua potable, electricidad, internet, gasolina, gas doméstico para preparar los alimentos, falta de dinero efectivo para movilizarse; la ausencia de metas y proyecto de vida, así como el deterioro de la infraestructura escolar, la carencia de servicios básicos en las instituciones educativas, la no disponibilidad de materiales educativos; entre otros. Las llamadas “Cajas CLAP” siglas que se refieren a los “Comités Locales de Abastecimiento y Producción”, no tienen la periodicidad que debería tener un programa alimentario, según indicaron el 46% de los hogares encuestados por ENCOVI 2020. La feminización de la docencia en todos los niveles del sistema educativo venezolano es del 78%, siendo los salarios mensuales de los docentes de educación inicial, básica el equivalente de $77 a $132 en Bolívares que se devalúan diariamente y en la educación superior universitaria, de $6 a $115 mensuales pagados en Bolívares. Mientras que la cesta alimentaria está en $800 y la cesta básica en $1.000, según fuente del CENDAS, para el 31-03-2022.

Recomendaciones:

  1. 1.- Aprobar el Proyecto de Ley del Ejercicio de la Carrera Docente introducido en la Asamblea Nacional en 2017.

  2. Incrementar el salario mensual de los Educadores a una cantidad que les permita la adquisición de la Canasta Alimentaria y la Cesta Básica, lo que hace un total de 1.000$ al mes (78% de Educadores son mujeres).

  3. Transversalizar en el diseño curricular de la formación de docentes la perspectiva de género.

  4. Transversalizar los pensa de estudio desde la educación inicial, básica, secundaria y universitaria con la perspectiva de género.

  5. 4.-Eliminar la ideologización política sistemática ejercida por el Estado desde la educación inicial.

  6. Fortalecer la capacidad de los y las docentes para impartir Educación Integral de la Sexualidad en la Educación Inicial, Primaria y Media, incluyendo los temas de derechos sexuales y reproductivos y herramientas para el ejercicio de una sexualidad sana y responsable.

  7. Continúa vigente e incrementado el incumplimiento de la Recomendación No. 27 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8.

XI.- Empleo

Después del 2017 se profundizó la crisis humanitaria y las mujeres tienen mayores responsabilidades en los hogares, menores ingresos por la reducción del mercado laboral y el aumento de la inflación, escuelas cerradas y mayor dependencia de las ayudas del gobiemo.34% de las mujeres están en la actividad económica, en empleos dependientes de la administración pública, peor remunerados que en el sector privado o trabajan por cuenta propia. Hay menos mujeres en el sector laboral por una menor demanda de mano de obra ocasionada por la pandemia COVID 19 (ENCOVl/2021). La mayor presencia de las mujeres es en el sector público y en el financiero, y dentro de éste en el asegurador. Los hombres siguen concentrando los cargos directivos y gerenciales y cuando hay mujeres en ellos reciben menos remuneraciones y se acentúa la brecha salarial que puede llegar a más del 70%.

Recomendaciones:

  1. Crear programas públicos y privados que transformen el cuido de niños, ancianos y discapacitados en trabajo remunerado.

  2. Estimular la firma por tas empresas públicas y privadas de los 7 principios para el empoderamiento de las mujeres. Pacto Mundial de las Naciones Unidad/ONU MUJERES. Solo 10 empresas privadas lo han suscrito (Marzo.2022).

  3. Mantener la recomendación No 29 de CEDAW/C/VEN/CO/7-8.
XII- Salud.

Las oportunidades para que más personas puedan potencialmente producir más, ahorrar más, invertir más, e incrementar el capital humano no se ha podido aprovechar y Venezuela sufre la pérdida del Bono Demográfico. El éxodo de alrededor de 6 millones de venezolanos está conformado en un alto porcentaje por población en edad productiva, entre ellos muchos profesionales, quienes emigran en la búsqueda de oportunidades de empleo y mejor calidad de vida.

En el área de salud el sistema está caracterizado por la inexistencia de data de salud de fuentes oficiales, deterioro en la infraestructura hospitalaria y servicios de salud, por lo que le es difícil a la población acceder a la asistencia en salud en todas sus dimensiones, física, mental, sexual y reproductiva. y adquirir los medicamentos e insumos, debido a su alto costo.

La Tasa de Mortalidad Materna (MM) de 70/100.000 (OPS) en el 2015, se incrementó en el año 2019 a 112,2/100.000 (UCV 2019), siendo las tres primeras causas MM: hemorragias postparto, sepsis e hipertensión inducida por el embarazo. No existe un control adecuado. Otra causa de mortalidad en las mujeres en Venezuela es el aborto, en condiciones insalubres, cuya data se desconoce, ya que se considera delito y se realiza fuera del sistema público de salud. Sin embargo, un estudio de la ONG Mujeres al Límite, realizado en cuatro centros de salud de la Región Capital arrojó la presencia de un aborto por cada cuatro partos, entre el período agosto-diciembre de 2018. Es decir, un 25% de los embarazos terminó en aborto. La numerosa población de adolescentes (10 a 19 años) sumada a las precarias condiciones de atención en salud en general sexual y reproductiva, la dificultad para acceder a las toallas sanitarias, debido a su alto costo. Esto incide en el rezago escolar y en dificultades para salir a trabajar, acuñándose el término de Pobreza Menstrual, para denominar esta dolorosa situación. La tasa de natalidad en las adolescentes se ubica para el 2015 en 85,3/1000, una de las más altas de la Región de las Américas (2018/OPS-OMS). El 22,76 % del total de Nacimientos Vivos Registrado (NVR) en 2015 ocurrió en adolescentes. (OPS-OMS). Es decir, 1 de cada 5 NVR ocurre en una adolescente. Un alto porcentaje de estos embarazos es producto de abuso sexual a niñas y adolescentes. La frecuencia de embarazos en adolescentes se ve asociada a la pobreza. En sectores No Pobres: alrededor del 11,4%, en sectores Pobres: 19,8%, en Pobreza Extrema: 26,1%. Hay que tomar en cuenta que el 94,5% de la población (según ingresos) se encuentra en situación de pobreza, de los cuales, el 76,6% vive en pobreza extrema, la cifra más alta registrada en el país, según Encuesta de Condiciones de Vida (Encovi 2021).

En 2019, Avesa registró una escasez de 80% de los métodos de planificación familiar a nivel nacional. El 2021, la ONG Convite reportó que en el país había una falta de 35% de los anticonceptivos. Aunque la escasez ha disminuido los precios siguen siendo muy elevados. El sueldo mínimo en Venezuela equivale a menos de $ 30 mensuales, al cambio, una sola caja de pastillas anticonceptivas puede costar unos $ 15 aproximadamente.

En 2018 se promulgó el Decreto Constituyente para la Promoción y Protección del Parto y el Nacimiento Humanizado. No obstante, es prácticamente imposible que éste se cumpla, ya que en el país hay un completo estado de abandono en materia de salud, que incluye a las gestantes, sin atender previamente a otras causas estructurales de la crisis en los centros asistenciales del país.

El diagnóstico temprano del VIH/Sida se ha visto dificultado por la carencia de los reactivos necesarios para las pruebas y las personas que viven con el virus han visto desaparecer el acceso gratuito a la terapia antirretroviral (TARV), incrementándose la mortalidad por esta infección.

El Comité de la CEDAW en dos oportunidades (2006 y 2014) mostró su preocupación por la penalización del aborto en el país, lo que obliga a las mujeres a acudir a abortos clandestinos perjudicando su salud, solicitando al Estado garantizar atención post-aborto, modificar su legislación para despenalizar el aborto por causales y eliminar las medidas punitivas para las mujeres que se sometan a esa práctica garantizando la disponibilidad de interrupción del embarazo.

Recomendaciones:

  1. Fortalecer los Servicios de Salud con personal calificado y la aplicación efectiva del protocolo de atención prenatal y la atención obstétrica de emergencia, atención de salud sexual y reproductiva, incluida la facilitación de la anticoncepción de emergencia, así como de atención prenatal, durante y después del parto, y posaborto, lo que incidirá en la disminución de las altas tasas de Mortalidad Materna que se presentan en la actualidad.

  2. Restaurar y crear nuevos Servicios Atención Diferenciada para la Atención para Adolescentes a nivel nacional, incluyendo Planificación Familiar.

  3. Ofrecer acceso gratuito a métodos anticonceptivos y anticoncepción de emergencia a todas las mujeres, con énfasis en las madres adolescentes desde su primer embarazo.

  4. Enfrentar y corregir la escasez de medicamentos antirretrovirales para las mujeres, incluyendo las embarazadas con VIH/SIDA y las niñas con VIH/SIDA, reciban un tratamiento adecuado.

  5. Aprobar la despenalización del aborto en casos de violación, incesto, riesgo para la salud de la madre y riesgo de graves malformaciones del feto.

  6. Mantener la recomendación No. 32 de CEDAW/C/Ven/CO/7-8.
XIII.- Las Mujeres Detenidas

Según el informe elaborado por la organización Una Ventana a la Libertad (2020) existen 1.749 mujeres detenidas, cuyas condiciones de vida son degradantes, siendo víctimas de la continua violación de todos sus derechos. Además del hacinamiento, falta de atención médica, escaso o nulo acceso a productos de gestión menstrual, falta de agua potable, y pésima alimentación, que afecta a todas las reclusas, siendo más grave la situación para las mujeres embarazadas o madres, pues no se les garantiza las visitas médicas ni exámenes prenatales y se les restringe los traslados a centros de salud hasta la máxima gravedad al momento del parto. Otro de los aspectos reiterados es la violación por parte de los custodios a las reclusas o la exigencia de “favores sexuales a cambio de acceso a derechos o a traslados.

El caso de la Jueza Afiuni:

En respuesta a la recomendación CEDAW/C/Ven/CO/7-8, informamos que la jueza Afiuni aún sufre las consecuencias de haber dictaminado con independencia de criterio y aplicado la ley en 2009. Encarcelada desde 2009 hasta 2013 y enviada a arresto domiciliario desde entonces, fue condenada en 2019 a 5 años de prisión por un delito inexistente en el Código Penal vigente: “Corrupción Espiritual”. En la actualidad sigue sometida a medidas de coerción personal y debe presentarse ante el tribunal en forma periódica.

Además, se le detectó un tumor maligno, un Adenocarcinoma Adenoideo Quístico de la mucosa del labio inferior, por lo que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente y ser sometida a quimioterapia y radioterapia para combatir las células cancerígenas, lo que amerita control médico periódico muy estricto, informe emanado del Hospital Clínicas Caracas. El informe médico recomienda el análisis de su estado de salud en un Centro Especializado en Oncología.

Por lo que solicitó (artículo 83 de la Constitución) se le autorizara viajar a Washington e para asistir a una cita médica fundamental para su recuperación, en el Erald Nose and Throat Center West End. La solicitud fue negada el 17 de marzo de 2022.Su caso es un ejemplo viviente del costo de dictar sentencias aplicando la ley y sin subordinarse al poder ejecutivo.

Recomendación:

1.- Evitar que las mujeres sean vulneradas en sus derechos humanos, víctimas de violación, de maltrato físico, psicológico y morales.

XIV.- Incumplimiento de las Observaciones Finales de la CEDAW sobre los derechos de las organizaciones de mujeres de la sociedad civil.

Venezuela no ha cumplido con las siguientes Observaciones Finales de la CEDAW:

- “que se tengan debidamente en cuenta las opiniones de las organizaciones pertinentes de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de la mujer”.
- “El Comité expresa su inquietud por las numerosas informaciones sobre amenazas e intimidaciones contra miembros de la sociedad civil, en particular mujeres, que se encuentran expuestos a un clima de temor”;
- “Insta al Estado parte a que garantice el derecho de la mujer a participar en manifestaciones y a expresar su opinión, conforme a las normas internacionales, y a que tome todas las medidas necesarias para proteger a las mujeres y las niñas de la detención arbitraria y el acoso.

Recomendación:

Se solicita al Comité de la CEDAW que facilite la visita de una Misión Internacional que se reúna con organismos gubernamentales y con la sociedad civil para para evaluar y presentar un informe sobre la situación de los derechos económicos, sociales y políticos de las mujeres en Venezuela.

Caracas, Venezuela, 31 de mayo de 2022